Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XI CONTROL DE VENTAS A CRÉDITO
Art. 5
INFORMACIÓN AL CLIENTE O USUARIO
Vigente desde 2025-09-05
En función de la transparencia de precios finales de bienes y servicios que se adquieren con tarjetas de consumo, descuento y otras similares de circulación restringida, conforme a los artículos 47 y 50 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, las compañías mercantiles que emitan a sus clientes dichas tarjetas están obligadas a divulgar en sus anuncios publicitarios o información al cliente o usuario lo requerido en dicha ley y su reglamentación antes de formalizar cualquier transacción.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.