Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO X DEL CONCURSO PREVENTIVO
Art. 9
NOTIFICACIÓN, PUBLICACIÓN E INSCRIPCIÓN
Vigente desde 2025-09-05
La resolución que admita al trámite de concurso preventivo, será notificada a las partes y al público en general, mediante publicación de un extracto, en uno de los diarios de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía concursada, tal resolución será inscrita en los registros en la forma señalada en el artículo 11 de la Ley. La resolución que niegue la admisión a trámite del concurso, será notificada al solicitante en el domicilio señalado para el efecto.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.