Art. 40 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
DE LA EXCITATIVA FISCAL
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Si antes y durante el trámite concursal aparecieren hechos que pudieran ser punibles, el Superintendente o su delegado, los pondrá en conocimiento del Ministro Fiscal de la respectiva Corte Superior, para los fines indicados en los artículos 21 y 22 del Código de Procedimiento Penal.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.