Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO X DEL CONCURSO PREVENTIVO
Art. 39
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Vigente desde 2025-09-05
Si los hechos indicados en el artículo anterior, son provocados por la compañía deudora, además se dispondrá en forma inmediata la disolución y liquidación de la misma por cualesquiera de las causales previstas en el artículo 4 de la Ley 31, publicada en el Registro Oficial No. 222 de 29 de junio de 1989 .
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.