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Art. 27 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

QUIENES PUEDEN PRESENTAR OBJECIONES

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Pueden presentar objeciones, los supervisores sobre los créditos relacionados y los acreedores concurrentes, así como la compañía deudora.

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