Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO X DEL CONCURSO PREVENTIVO

Art. 16

CONTENIDO DEL INFORME DEL SUPERVISOR

Vigente desde 2025-09-05

El informe del supervisor, previo a la celebración de la audiencia preliminar, además de los requisitos constantes en el artículo 13 de la Ley, contendrá: a) Un análisis de las causas del desequilibrio económico de la compañía deudora; b) La determinación de la época en que se produjo la cesación de pagos, precisando los hechos y circunstancias de la misma; c) La totalización de las cifras del activo y pasivo de la compañía deudora; d) En la etapa de verificaciones el informe contendrá la solicitud de la información relacionada con los créditos a entidades financieras, públicas o privadas; e) Las observaciones a los créditos relacionados, presentados por la compañía concursada y a los créditos concurrentes, presentados por los acreedores; f) La verificación de la existencia o no concordancia entre las cifras indicadas por la compañía concursada en sus estados financieros, con sus registros contables y con los documentos presentados por los acreedores; g) La comprobación de que los garantes, fiadores o avalistas de la deudora que se han presentado en el concurso, hayan pagado en todo o en parte las obligaciones caucionadas; h) La indicación de que los créditos de los socios o accionistas no provienen de utilidades, dividendos no pagados, reservas, ni tampoco de créditos de administradores, comisarios o personas vinculadas; i) La mención de que la compañía concursada haya celebrado o no actos inoponibles frente a los acreedores, dentro de los 180 días anteriores, a la presentación de la solicitud de concurso; y, j) Una opinión fundamentada sobre la posibilidad de cumplimiento de las bases del acuerdo propuesto por la deudora y si las mismas serían susceptibles de mejora.

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