Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO X DEL CONCURSO PREVENTIVO
Art. 15
NOMBRAMIENTO DE SUPERVISOR
Vigente desde 2025-09-05
De la terna presentada por los acreedores concurrentes, el Superintendente o su delegado designará uno o más supervisores bajo la modalidad que estime conveniente al momento de su designación. Además de las funciones y atribuciones que les confiere la Ley y Normas Reglamentarias a los supervisores, en el oficio de su nombramiento se les otorgarán otras facultades particulares o especiales.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.