Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO X DEL CONCURSO PREVENTIVO
Art. 11
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
Vigente desde 2025-09-05
Expedida la Resolución Admisoria, la compañía que entre a concurso preventivo está obligada a depositar en la Superintendencia de Compañías, las contribuciones especiales que el Superintendente o su delegado hayan fijado en cada caso, para satisfacer los gastos que demande la tramitación.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.