Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO I DE LA CONSTITUCIÓN

Art. 2

Vigente desde 2025-09-05

Salvo el caso de que por la naturaleza del aporte respectivo se necesitare la concurrencia de ambos cónyuges, la mujer casada también puede intervenir libremente, sin la autorización ni el concurso de su marido, en todo aumento de capital de cualquier sociedad sujeta al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, aún cuando en dicho aumento también interviniere por separado su marido.

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