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Disposición General SEGUNDA

DG 2

Vigentedesde el 29 de abril de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 29 de abril de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Las prestaciones concedidas por el Seguro General de Riesgos del Trabajo, podrán revisarse a causa de errores de cálculo en la pensión inicial o en los aumentos. Si el error se produjo por falsedad en los datos que hubieren servido de base de cálculo, se remitirá la documentación a la Procuraduría General del IESS para las acciones legales pertinentes. La revisión de las prestaciones que redujere la pensión o negare el derecho que fuere reconocido a un beneficiario, en caso de errores institucionales, no surtirá efecto respecto de las mensualidades entregadas, pero la pensión será regulada para el registro en el rol de pensionistas, salvo que la concesión se hubiere fundamentado en documentos, hechos o declaraciones falsas, en cuyo caso el IESS exigirá en la vía coactiva la devolución de valores cancelados indebidamente, más intereses y multas de ley.

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