Vigente
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Disposición Transitoria OCTAVA

DT 8

Vigentedesde el 21 de enero de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 21 de enero de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Las determinaciones de aportaciones indebidas a períodos simultáneos de aportación al seguro general y al seguro voluntario o de continuación voluntaria, realizadas por el IESS con posterioridad a seis (6) meses de producidas, se restablecerán como válidas, rehabilitándose de ser el caso el derecho a continuar como afiliados voluntarios, con el pago de los aportes correspondientes, de acuerdo con la ley, desde la fecha en que el IESS suspendió dicha posibilidad.

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