Art. 24 del Reglamento del Régimen del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte
Vigentedesde el 21 de enero de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 21 de enero de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Para la concesión de las prestaciones del Régimen de Transición el tiempo de imposiciones no simultáneas se establecerá en años y meses completos y se considerará un mes igual a treinta (30) días; si una vez efectuada la suma del tiempo total aportado, sobrare una fracción de mes igual o mayor de quince (15) días, se tomará como mes completo.
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