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Disposición Transitoria CUARTA

DT 4

Vigentedesde el 2 de febrero de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 2 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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La Unidad de Análisis Financiero y Económico en el plazo máximo de noventa (90) días contados a partir de la publicación del presente Reglamento en el Registro Oficial, emitirá y/o actualizará y socializará la lista mínima referencial de personas expuestas políticamente, las resoluciones, instructivos, circulares, protocolos y/o guías técnicas generales o sectoriales que correspondan para la aplicación de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos y este Reglamento, mismas que serán de obligatorio cumplimiento.

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