Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento General a la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de DelitosTÍTULO II INSTITUCIONALIDAD

Art. 21

Vigente desde 2026-02-02

Contenido de la certificación de validación de identidad. - La certificación contemplada en el artículo 23.2. de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos contendrá lo siguiente: 1. El código del funcionario o analista que elaboró el Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas (ROII); 2. Número de causa del proceso judicial o investigación previa; 3. Nombre de la Unidad Judicial o Fiscalía; 4. Número de ROII; 5. Descripción breve, clara y precisa respecto a la providencia en la que se convoca a la comparecencia del funcionario o analista; y 6. Firma de la máxima autoridad de la Unidad de Análisis Financiero o su delegado, quien suscribirá dicha certificación.

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