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Art. 62 del Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

Mecanismos de autorregulación

Vigentedesde el 13 de noviembre de 2023

Consolidación:
texto consolidado al 13 de noviembre de 2023, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Serán mecanismos de autorregulación los siguientes: 1. Esquemas certificados en materia de protección de datos personales por el Servicio Ecuatoriano de Acreditación; 2. Reglas específicas creadas para adaptar la normativa de protección de datos personales a un determinado sector o situación. En este tipo de reglas estarán comprendidos los códigos de conducta, las normas corporativas vinculantes y las cláusulas tipo; y, 3. Esquemas validados por la Autoridad de Protección de Datos Personales, conforme a las reglas que para el efecto emita.

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