Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
Art. 11
Eliminación de datos
Vigente desde 2023-11-13
Finalizado el plazo de conservación de los datos, el responsable del tratamiento de datos deberá proceder a la eliminación segura de los mismos. La eliminación de datos personales no aplicará cuando el tratamiento sea necesario en los siguientes supuestos: 1. Por razones de interés público en el ámbito de la salud pública y privada, así como en materia estatal, seguridad, laboral y educación: 2. Para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones. La Autoridad de Protección de Datos Personales podrá requerir información cuando lo considere necesario. Para el efecto, ajustará los requerimientos a normas, lineamientos sobre plazo de conservación y estándares internacionales sobre la eliminación de datos.
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