Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria › Título VI De las Relaciones con el Estado
DT 5
(Disposición Transitoria QUINTA)
Vigente desde 2025-10-03
Las cooperativas de servicios educacionales, en el tiempo que señala la ley, adecuarán sus estatutos, organización y funcionamiento, a una de las formas cooperativas constantes en este reglamento, caso contrario, deberán constituirse como otra forma jurídica, bajo pena de disolución de la cooperativa.
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