Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y SolidariaTítulo VI De las Relaciones con el Estado

DT 3

(Disposición Transitoria TERCERA)

Vigente desde 2025-10-03

La Superintendencia, autorizará a las organizaciones del Sector Financiero Popular y Solidario la continuidad del funcionamiento de las oficinas operativas que hubiesen tenido abiertas a la fecha de promulgación de la ley, previo el cumplimiento de los requisitos determinados por la Junta de Regulación, caso contrario, dispondrá el cierre de dichas oficinas.

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