Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y SolidariaTítulo II De las Formas de Organización de la Economía Popular y Solidaria

Art. 54

Disolución por sentencia judicial

Vigente desde 2025-10-03

La disolución por sentencia judicial, se llevará a efecto, cuando se haya ejecutoriado la sentencia o el auto de quiebra declarados por el Juez competente.

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