Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria › Título V Del Fomento, Promoción e Incentivos
Art. 136
Certificación de cumplimiento de obligaciones
Vigente desde 2025-10-03
Las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, para acceder a los beneficios que les otorgue la legislación nacional, acreditarán su inscripción en el Registro Público correspondiente y adjuntarán una certificación de encontrarse activas y en cumplimiento de sus obligaciones, obtenida en la Superintendencia. El certificado de cumplimiento de obligaciones tendrá validez por un año.
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