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Art. 34 del Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades

Vigentedesde el 22 de abril de 2021

Consolidación:
texto consolidado al 22 de abril de 2021, sin reformas posteriores verificadas
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El Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades establecerá su estructura y funciones de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución de la República y la Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad y su Reglamento.

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