Reglamento General de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Art. 44
Vigente desde 2025-03-28
Al final del artículo 51, agréguese el siguiente inciso: "La reinversión de dividendos establecida en el penúltimo inciso del artículo 20 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria derivada del Covid-19, para efectos tributarios, cumplirá con lo dispuesto en este artículo, en concordancia con el artículo 37 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.