Art. 43 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Vigentedesde el 28 de marzo de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 28 de marzo de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Al final del número 6 de la letra d) del artículo 34, inclúyase el siguiente texto: "Así mismo, son gastos de arte y cultura la adquisición de artesanías elaboradas a mano por artesanos calificados por los organismos competentes.
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