Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento General de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario

Art. 20

Vigente desde 2025-03-28

Terminación de la reducción emergente: Al concluir la vigencia de la reducción emergente de la jornada de trabajo, el trabajador prestará sus servicios en la jornada y con la remuneración anteriores al registro de la reducción emergente de la jornada de trabajo o al salario básico unificado o sectorial aplicable a la época en que se hubiere terminado la reducción emergente, de ser el caso.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.