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DT 2 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026

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Todo procedimiento administrativo sancionador que deba tramitarse con base en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos, y cuyo auto de inicio haya sido emitido con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, será sustanciado de conformidad con las resoluciones No. UAFE-DG-2023-0832 de 22 de noviembre de 2023, publicada en el Registro Oficial No. 483 de 23 de enero de 2024; y, No. UAFE- DG-2019-0260 de 18 de diciembre de 2019, publicada en el Registro Oficial No. 142 de 13 de febrero de 2020.

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