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Art. 8 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador

Documentación presentada por el sujeto obligado

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026

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Durante el término concedido para la presentación de descargos o medios probatorios, el sujeto obligado los presentará de forma electrónica únicamente a través del canal tecnológico determinado por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

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