Art. 50 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Multa para infracciones graves
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
La multa para infracciones graves se fijará conforme a la siguiente escala:
a) Para el Grupo A, la base de la multa será de trece (13) salarios básicos unificados vigentes a la fecha del cometimiento de la infracción.
b) Para el Grupo B, la base de la multa será de catorce (14) salarios básicos unificados vigentes a la fecha del cometimiento de la infracción.
c) Para el Grupo C, la base de la multa será de dieciséis (16) salarios básicos unificados vigentes a la fecha del cometimiento de la infracción.
d) Para el Grupo D, la base de la multa será de dieciocho (18) salarios básicos unificados vigentes a la fecha del cometimiento de la infracción.
e) Para el Grupo E, la base de la multa será de diecinueve (19) salarios básicos unificados vigentes a la fecha del cometimiento de la infracción.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.