Art. 5 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Impulso de oficio
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
El Procedimiento Administrativo Sancionador será impulsado de oficio por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) en todas sus etapas, sin perjuicio del derecho de los administrados a formular peticiones, presentar alegaciones y aportar pruebas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.