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Art. 43 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador

Individualización de la sanción

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026

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La autoridad resolutora individualizará la sanción administrativa mediante una valoración integral de los criterios previstos en la Ley, su Reglamento General y el presente Reglamento, justificando expresamente la incidencia que cada uno de ellos tenga en la determinación de la multa.

La sola aplicación de las escalas previstas en este Reglamento no constituirá motivación suficiente.

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