Art. 16 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Inicio de las Actuaciones Previas
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
Las Actuaciones Previas podrán iniciarse en cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Como resultado de las actividades de supervisión, control o vigilancia efectuadas por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
b) Por denuncias ciudadanas o por información remitida por otras autoridades competentes.
c) Como consecuencia de reportes, información o hallazgos obtenidos en ejercicio de las competencias legales de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
d) Por cualquier otro mecanismo previsto en el ordenamiento jurídico.
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