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Art. 11 del Directrices para los sujetos obligados respecto al envío del reporte de operaciones sospechosas; registro de la no existencia de reporte de operaciones sospechosas; y, el reporte de alertas tempranas de las unidades complementarias

Responsabilidad civil, administrativa y penal de los sujetos obligados

Vigentedesde el 29 de abril de 2026

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Los sujetos obligados, así como sus dependientes, funcionarios o directores, no incurrirán en responsabilidad civil, administrativa y penal, cuando en cumplimiento con las obligaciones definidas en esta ley, envíen a la Unidad de Análisis Financiero y Económico reportes de operaciones sospechosas, otros reportes o suministren información a las autoridades competentes.

La Unidad de Análisis Financiero y Económico establecerá un canal seguro de denuncias ciudadanas a través del cual se receptará esta información, precautelando la seguridad del denunciante al proteger su identidad.

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