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Art. 5 del Se expide la Norma de control que regula la disolución y liquidación voluntaria y sumaria de las organizaciones sujetas al control de la SEPS

Requisitos para solicitar la liquidación voluntaria

Vigentedesde el 16 de septiembre de 2026

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La organización que solicite la liquidación voluntaria deberá presentar a la Superintendencia documentación con vigencia máxima de 30 días, a través del representante legal o de quien haga sus veces, lo siguiente:

  1. 1. Solicitud en el formato establecido por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, cuya fecha deberá guardar concordancia con el ingreso del trámite ante este organismo de control;

  2. 2. Estados financieros conformados por el balance general y el estado de resultados, con fecha de corte no mayor a treinta (30) días previos a la fecha de ingreso del trámite de solicitud de liquidación voluntaria ante la Superintendencia. Dichos estados financieros deberán encontrarse suscritos por el representante legal y el contador de la organización, en caso de contar con este último;

  3. 3. Copia de la convocatoria a asamblea o junta general de socios, asociados o representantes, en la que se haya resuelto la liquidación voluntaria de la organización, certificada por el secretario de la organización, y acompañada con la documentación que evidencie su realización;

  4. 4. Copia del acta de asamblea o junta general extraordinaria de socios, asociados o representantes, en la que se decidió la liquidación voluntaria de la organización por acuerdo de al menos, las dos terceras partes de sus integrantes o asistentes; la misma que deberá contener, además, los nombres y apellidos del liquidador calificado por la Superintendencia, número de cédula de ciudadanía o del documento de identidad, honorarios y su periodicidad de pago, certificada por el secretario de la organización;

  5. 5. Copia del listado de asistentes a la asamblea o junta general en la que se resolvió la liquidación voluntaria de la organización, certificada por el secretario de la organización;

  6. 6. Certificado actualizado emitido por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permita verificar el estado de cumplimiento de las obligaciones tributarias de la organización;

  7. 7. Certificado actualizado emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o documento con información equivalente que permita verificar el estado de cumplimiento de las obligaciones patronales de la organización;

  8. 8. Certificado actualizado de bienes raíces del Registro de la Propiedad del domicilio y, si fuere el caso, de los cantones en que la organización tuviere oficinas, de los cuales consten los bienes inmuebles a nombre de la organización;

  9. 9. Informe sobre estado y porcentaje de avance de adjudicación y legalización de predios de la organización, en los casos de las cooperativas de vivienda, acompañado de los oficios de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y los Registros de la Propiedad;

  10. 10. Declaración responsable del representante legal en la que indique si la organización recibió bienes o recursos por parte del Estado, y el destino de estos; y,

  11. 11. Formulario de datos para notificaciones, suscrito por el liquidador designado, que contenga la información necesaria para efectos la comunicación y seguimiento del proceso de liquidación.

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