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Art. 3 del Se fija en el uno por mil de sus activos reales, la contribución que las compañías y otras entidades sujetas al control y vigilancia de la SCVS, cuyos activos reales superen los US$100.000,00, deben pagar a esta entidad

Vigentedesde el 23 de marzo de 2026

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El valor de la contribución correspondiente al año 2026, se depositará hasta el 30 de septiembre de 2026, en la Cuenta de Recaudaciones, cuyo titular es la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, denominada "Superintendencia de Compañías", en los bancos corresponsales autorizados.

Previa solicitud ingresada en el portal de trámites (www.supercias.gob.ec), las compañías que hasta el 30 de septiembre de 2026 hayan pagado al menos el 50% de la contribución que les corresponde, tendrán derecho a cancelar el otro 50% hasta el 31 de diciembre de 2026, sin lugar a recargo ni penalidad.

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