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DG 5 del SE EXPIDEN LAS NORMAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN Y SE APRUEBA EL ANEXO DE CUENTAS FINANCIERAS DE NO RESIDENTES

Vigentedesde el 4 de noviembre de 2026

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A efectos de un adecuado control a los sujetos pasivos obligados a presentar el Anexo CRS, el Servicio de Rentas Internas podrá, además de emplear la información disponible en sus bases de datos, coordinar con los correspondientes órganos de control y regulación los esquemas interinstitucionales necesarios para la correcta identificación de los sujetos pasivos obligados a presentar el Anexo CRS.

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