DG 5 del SE EXPIDEN LAS NORMAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN Y SE APRUEBA EL ANEXO DE CUENTAS FINANCIERAS DE NO RESIDENTES
Vigentedesde el 4 de noviembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
A efectos de un adecuado control a los sujetos pasivos obligados a presentar el Anexo CRS, el Servicio de Rentas Internas podrá, además de emplear la información disponible en sus bases de datos, coordinar con los correspondientes órganos de control y regulación los esquemas interinstitucionales necesarios para la correcta identificación de los sujetos pasivos obligados a presentar el Anexo CRS.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.