Art. 5 del Se expiden los porcentajes de retención en la fuente de impuesto a la renta
Pluralidad de porcentajes aplicables
Vigentedesde el 27 de febrero de 2026
- Texto cargado en Vigente:
Cuando un contribuyente proveyere bienes o servicios sujetos a diferentes porcentajes de retención, la misma se realizará sobre el valor del bien o servicio en el porcentaje que corresponda a cada uno de ellos según lo previsto en esta Resolución, aunque tales bienes o servicios se incluyan en un mismo comprobante de venta válido.
De no encontrarse separados los respectivos valores, se aplicará el porcentaje de retención más alto.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.