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Art. 5 del Se expiden los porcentajes de retención en la fuente de impuesto a la renta

Pluralidad de porcentajes aplicables

Vigentedesde el 27 de febrero de 2026

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Cuando un contribuyente proveyere bienes o servicios sujetos a diferentes porcentajes de retención, la misma se realizará sobre el valor del bien o servicio en el porcentaje que corresponda a cada uno de ellos según lo previsto en esta Resolución, aunque tales bienes o servicios se incluyan en un mismo comprobante de venta válido.

De no encontrarse separados los respectivos valores, se aplicará el porcentaje de retención más alto.

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