DG 2 del Establécense las normas para la suspensión y actualización de oficio de la inscripción de los sujetos pasivos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)
Vigentedesde el 12 de febrero de 2021
- Texto cargado en Vigente:
El Servicio de Rentas Internas, en ejercicio de sus facultades legalmente establecidas, ejecutará los procesos de control y sanción que considere necesarios, tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes cuyo RUC hubiese sido suspendido, dentro de los plazos señalados en el Código Tributario.
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