TERCERA. Decreto Ejecutivo No. 1292
DT 44
Vigentedesde el 30 de diciembre de 2021
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 608, 30 de diciembre de 2021
- Texto cargado en Vigente:
Los sujetos pasivos que estuvieren catastrados en el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares - RIMPE y que optaren por acogerse a lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno, tendrán derecho de solicitar al Servicio de Rentas Internas, la devolución del valor de retenciones en la fuente del impuesto a la renta que le hubieren sido efectuadas con porcentajes superiores a los aplicables a la actividad agropecuaria.
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