Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno › Título VII-A. MECANISMOS DE CONTROL A LA TRAZABILIDAD DE PRODUCTOS
DT 17
(Décima Séptima. Decreto Ejecutivo No. 539)
Vigente desde 2014-12-31
Los sujetos pasivos que hayan iniciado la aplicación del beneficio de la deducción adicional por la depreciación de activos fijos prevista en el Código de la Producción, Comercio e Inversiones podrán gozar del mismo durante cinco periodos fiscales, sin perjuicio de la fecha en que la Disposición Transitoria deje de tener efectos jurídicos.
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