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Art. 91.4 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Determinación del valor de la donación

Vigentedesde el 18 de noviembre de 2025

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Para efectos de establecer el valor de la donación se considerará el monto total de la factura, incluidos impuestos al consumo.

El IVA pagado en las adquisiciones de bienes que se donen no podrá registrarse, por parte del donante, como gasto deducible ni como crédito tributario de IVA.

Los valores registrados en la factura deben guardar relación con los precios de mercado.

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