Art. 250 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
Compañías de economía mixta para la actividad hidrocarburífera
Vigentedesde el 25 de julio de 2011
- Fuente:
- Registro Oficial 498, 25 de julio de 2011
- Texto cargado en Vigente:
Las compañías de economía mixta definidas en el artículo 18 de la Ley de Hidrocarburos, constituidas por el Estado para los objetos señalados en los artículos 2 y 3 de dicha Ley, pagarán el impuesto a la renta de conformidad con las disposiciones del Título Primero de la Ley de Régimen Tributario Interno y de este Reglamento.
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