Art. 226 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
Presentación de anexos de información
Vigentedesde el 30 de diciembre de 2021
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 608, 30 de diciembre de 2021
- Texto cargado en Vigente:
Los contribuyentes sujetos al Régimen RIMPE estarán obligados a presentar anexos de información de conformidad con las condiciones y plazos señalados mediante las resoluciones de carácter general que el Servicio de Rentas Internas emita para el efecto.
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