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Art. 225 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Presentación de declaraciones

Vigentedesde el 21 de septiembre de 2023

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 401, 21 de septiembre de 2023
Texto cargado en Vigente:
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Los contribuyentes sujetos al Régimen RIMPE deberán presentar declaraciones del Impuesto a la Renta, del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta, conforme lo previsto en este Título. En lo no previsto, se actuará conforme a lo dispuesto en este reglamento para cada impuesto.

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