Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario InternoTítulo IV. RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA EMPRENDEDORES Y NEGOCIOS POPULARES - RIMPE

Art. 224

Sustento de operaciones

Vigente desde 2023-09-21

Los contribuyentes incorporados en el Régimen RIMPE solicitarán los comprobantes de venta que sustenten debidamente sus adquisiciones de bienes, cesión de derechos y contratación de servicios.

Los contribuyentes deberán conservar los documentos que sustenten sus transacciones, por un periodo no inferior a siete años, conforme lo establecido en el Código Tributario. Durante este periodo la Administración Tributaria podrá requerir al sujeto pasivo la presentación de estos.

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