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Art. 199.6 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Rebaja y exoneración del ICE para fundas plásticas

Vigentedesde el 4 de agosto de 2020

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 260, 4 de agosto de 2020
Texto cargado en Vigente:
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La rebaja del 50% en la tarifa del impuesto a los consumos especiales prevista para fundas plásticas, será aplicable para fundas biodegradables y compostables; conforme los requisitos y condiciones emitidas por la entidad rectora en materia de producción o industria.

Estarán exentas del impuesto a los consumos especiales, las fundas plásticas con un mínimo de adición del cincuenta por ciento (50%) de materia prima reciclada post consumo. Los fabricantes e importadores deberán contar con la certificación, conforme las definiciones, requisitos y condiciones emitidas por la entidad rectora en materia de producción o industria.

El listado de fabricantes e importadores de fundas plásticas calificados será publicado periódicamente en la página web institucional del Servicio de Rentas Internas.

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