Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario InternoTítulo III. APLICACIÓN DEL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES

Art. 198

Hecho Generador

Vigente desde 2021-12-30

El hecho generador será la transferencia, a título oneroso o gratuito, de los bienes y servicios gravados con el impuesto en su presentación o prestación, al consumidor final, de acuerdo a lo dispuesto en este reglamento.

  1. 1. Bienes nacionales y servicios.

    El hecho generador en el caso de consumos de bienes de producción nacional se configura en la primera transferencia efectuada por el fabricante y el prestador del servicio dentro del periodo respectivo.

  2. 2. Bienes importados.

    El hecho generador en el caso del consumo de bienes importados, será su desaduanización.

  3. 3. Fundas o bolsas plásticas tipo camiseta o de acarreo.

    El hecho generador será la entrega de fundas o bolsas plásticas tipo acarreo o camiseta por parte del establecimiento de comercio y que sean o no requeridas por el adquiriente o consumidor para cargar o llevar los productos adquiridos por este.

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