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Art. 197.1 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Sujetos Pasivos

Vigentedesde el 4 de agosto de 2020

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 260, 4 de agosto de 2020
Texto cargado en Vigente:
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Son sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales:

  1. 1. En calidad de contribuyentes:

    a. Las personas naturales y sociedades, que adquieren en la primera etapa de comercialización los bienes gravados con este impuesto;

    b. Quienes realicen importaciones de bienes gravados con este impuesto que conforme a esta Ley estén llamados a soportar la carga del mismo; y, c. Quienes adquieran alguno de los servicios gravados con este impuesto.

  2. 2. En calidad de agentes de percepción:

    a. Las personas naturales y sociedades, fabricantes de bienes gravados;

    b. Quienes presten servicios gravados; y, c. Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y las sociedades que comercialicen productos al por mayor o menor y que para facilitar el traslado de la mercadería entreguen fundas plásticas que sean o no requeridas por el adquiriente o consumidor para cargar o llevar productos.

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