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Art. 138 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Certificado de impuestos pagados atribuible a dividendos remesados al exterior

Vigentedesde el 9 de febrero de 2024

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 496, 9 de febrero de 2024
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Las sociedades que remesen dividendos, utilidades o beneficios al exterior, entregarán el certificado de retención por el Impuesto a la Renta pagado por la sociedad y por el impuesto retenido, de ser el caso, así como también por el pago de la participación del 15% de utilidades a favor de los trabajadores.

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