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Art. 119 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Retención por arrendamiento mercantil

Vigentedesde el 9 de febrero de 2024

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 496, 9 de febrero de 2024
Texto cargado en Vigente:
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Los pagos o créditos en cuenta que se realicen a compañías de arrendamiento mercantil legalmente establecidas en el Ecuador, están sujetos a la retención en la fuente del impuesto a la renta, sobre los pagos o créditos en cuenta de las cuotas de arrendamiento, inclusive las de opción de compra, en los porcentajes que se establezca por parte de la Administración Tributaria a través de resolución.

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