Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 115 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Intereses y comisiones por ventas a crédito

Vigentedesde el 9 de febrero de 2024

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 496, 9 de febrero de 2024
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Para efectos de la retención en la fuente, los intereses y comisiones por ventas a crédito se sumarán al valor de la mercadería y la retención se efectuará sobre el valor total.

Los intereses y comisiones serán considerados como parte del precio de venta y se incluirán como tales en el Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.