Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas

DG 1

(Disposición General Primera)

Vigente desde 2024-04-01

Todos los agentes de retención y percepción del Impuesto a la Salida de Divisas deberán actualizar el Registro Único de Contribuyentes dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación en el Registro Oficial del presente reglamento.

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